Los magistrados atenderán a las partes en forma personal o mediante una aplicación.
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) estableció que hasta el 30 del presente mes las labores jurisdiccionales y administrativas de los jueces y personal auxiliar de la institución se efectúen en forma presencial durante toda la jornada de trabajo.
La Resolución Administrativa N° 000329-2022-CE-PJ prorroga también hasta esa fecha el protocolo ‘Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, y prorrogado por los Decretos Supremos N° 051 y 064-2020-PCM’.
De acuerdo con la norma, los magistrados desarrollarán trabajo presencial diario en jornada completa. Las presidencias de las cortes superiores adoptarán las medidas necesarias para el registro adecuado de asistencia, indica.
Vulnerables
Los jueces con factores de riesgo, considerados vulnerables, cumplirán su labor en forma presencial, mixta o remota, según la normativa. La vulnerabilidad se acreditará con el informe clínico actualizado, que evaluará el médico ocupacional o quien haga sus veces en la respectiva corte superior, agrega.
El trabajo remoto, detalla, se hará conforme con lo fijado en la Versión N° 4 del reglamento ‘Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial’, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000408-2020-CE-PJ.
La disposición del CEPJ precisa que los magistrados atenderán presencialmente o mediante la herramienta informática ‘El Juez te escucha, programa tu cita’ a los abogados y partes procesales, con las adecuadas medidas de bioseguridad en el primer caso.
Además, señala que las labores del personal jurisdiccional y administrativo se efectivizarán en forma presencial en la jornada laboral de ocho horas diarias, y una hora de refrigerio que no se computará como parte de la fecha.
Decisión
Este horario de trabajo presencial lo establecerán la presidencia del Poder Judicial y los titulares de las cortes superiores, de acuerdo con la realidad y ubicación geográfica, lo cual se informará al CEPJ.
Los servidores jurisdiccionales y administrativos atenderán presencialmente a los abogados y partes procesales. Para tal fin, observarán las medidas de bioseguridad necesarias, recalca la norma del CEPJ.
En forma excepcional, la presidencia del Poder Judicial y los titulares de los distritos judiciales, en coordinación con el Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la respectiva corte superior, a fin de preservar el aforo correspondiente, podrán establecer una jornada de trabajo mixta en dos turnos, mañana y tarde, en días de cinco horas presenciales complementadas con tres horas de trabajo remoto.
Expedientes
La norma autoriza a los jueces que efectúan trabajo mixto o remoto a retirar los expedientes de sus despachos. En los despachos tradicionales, los magistrados podrán designar al personal a su cargo autorizado a cumplir esta labor, y en los despachos judiciales corporativos tal responsabilidad la asumirá el administrador. En ambos casos, bajo responsabilidad funcional.
Para tal efecto, los jueces o administradores comunicarán a la oficina de administración o gerencia de corte la relación del personal autorizado. Indicarán los expedientes que retirará cada trabajador y consignarán el número, partes procesales, acompañados y folios. Personal de seguridad verificará en las puertas la salida y retorno de los expedientes de las sedes judiciales.
Fuente: Diario El Peruano
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