Mediante la Ley N° 31699, se modificó la regulación del recurso de casación en la Nueva Ley Procesal de Trabajo. Este cambio incrementa y eleva los requisitos para interponer recurso de casación, lo que en la práctica debería limitar significativamente su aplicación.
En ese sentido, el estudio Echecopar recordó que esta norma entrará en vigencia a los 60 días contados desde su publicación, es decir, el 30 de abril de 2023, así las nuevas reglas se aplicarán incluso a los procesos laborales iniciados previamente que aún no tengan sentencia de segunda instancia.
A continuación, la firma de abogados comparte los principales cambios:
Causales de casación
Las causales para interponer el recurso de casación, las serán las siguientes:
Inobservancia de alguna de las garantías constitucionales de carácter procesal o material, o indebida o errónea aplicación de dichas garantías.
Inobservancia de las normas legales de carácter procesal sancionadas con la nulidad.
Indebida aplicación, una errónea interpretación o una falta de aplicación de la ley, tratados o acuerdos internacionales ratificados por el Perú en materia laboral y de seguridad social, o de otras normas jurídicas necesarias para su aplicación.
Falta de motivación o manifiesta motivación ilógica, o vicio que resulte del propio tenor de la resolución impugnada.
Apartamiento de las decisiones vinculantes del Tribunal Constitucional o de la Corte Suprema de Justicia de la República.
Restricción por monto
En caso de sentencias que obliguen a dar suma de dinero, el recurso de casación solo será admitido si el monto total reconocido supera las 500 URP’s (S/247,500.00 al día de hoy).
La casación solo se aplicará si han existido sentencias contradictorias
No procederá el recurso si la sentencia de segunda instancia ha confirmado la de primera instancia. Salvo que la sentencia de segunda instancia contradiga la doctrina jurisprudencial de la Corte Suprema o se refiera a asuntos respecto de los cuales exista jurisprudencia contradictoria de las salas laborales superiores
Nuevas causales de improcedencia
Son nuevas causales de improcedencia del recurso de casación:
La invocación de violaciones de la ley que no hayan sido indicadas en la apelación
La presentación de recursos que evidentemente no tengan fundamentos.
La existencia de decisiones desestimatorias sobre recursos sustancialmente iguales, cuando el recurrente no presenta argumentos suficientes para que se modifique el criterio o doctrina jurisprudencial ya establecida.
Audiencia ante la Corte Suprema
No será necesario solicitar el uso de la palabra previamente para informar oralmente en la audiencia de casación. Bastará con la asistencia de las partes en la fecha y hora programadas.
El recurso de casación será declarado improcedente si el abogado que lo presentó no asiste injustificadamente a la audiencia.
Fuente: Diario El Peruano
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